jueves, 25 de abril de 2013

¿ENCARECE EL PROCURADOR DE LOS TRIBUNALES LA JUSTICIA? I) CRÍTICA AL LETRADO MAGÍ RIBAS ALEGRET

 
¡Buenas a tod@s!

Mis próximas entradas se van a dedicar a desmentir que la figura del Procurador de los Tribunales encarece la justicia. Esta entrada es una crítica al Letrado Magí Ribas Alegret, y en la próxima criticaré las Tasas Judiciales y compararé su coste con el de los servicios que realiza este respetable profesional ¡Espero que os gusten!

En mi corta experiencia profesional he escuchado y leído críticas sobre esta respetable profesión. Hay una que me ha indignado profundamente, ya que me parece una barbaridad y creo que ha llegado demasiado lejos.

En concreto, se trata de un Abogado de Tarragona, Magí Ribas Alegret. Pone contra las cuerdas al Procurador en los procedimientos españoles, al suscitar cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea ante la Audiencia Provincial de Tarragona, que viene obligada a plantearla, para que se pronuncie acerca de la incompatibilidad entre la Directiva 2006/123/CE relativa a los servicios, vigente desde diciembre de 2009, y el Derecho español. La Directiva comentada se opone a reservar la actividad de representación procesal a la Procura y permite su ejercicio al abogado.
Según este Abogado "la intervención obligatoria de procurador, grava al justiciable con un sobrecoste superior a 3.000 millones de euros anuales, cuya supresión redundaría en agilizar los trámites y facilitar el acceso a la Justicia".
 
 

La desaparición de la figura del Procurador de los Tribunales no va a abaratar costes. Si los letrados asumen las funciones que corresponden a este profesional del Derecho, no las van a realizar gratis. Todo lo contrario. Las van a cobrar a precio de Abogado, y es más caro. El Procurador suele cobrar un 10 por 100 de lo que cobra el letrado en un procedimiento.
Tengamos el cuenta que el Procurador no establece libremente sus honorarios, sino que se encuentran fijados expresamente por arancel, y su retribución depende de la cuantía del precio. Además, en la factura que se le debe facilitar al cliente hay que hacer referencia a los artículos que recogen los servicios prestados (sobre el arancel, publicaré una entrada dedicada exclusivamente a ello. De todas formas, os adjunto el Real Decreto 1373/2003, de 7 de noviembre http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd1373-2003.html, que aprueba los aranceles actuales, y veréis que sus servicios son económicos).

Después de leer esto, muchos de vosotr@s os preguntareis "¿Podría el justiciable ser su propio representante y acudir a los Juzgados para ser informado por los funcionarios sobre el estado del procedimiento, recibir las notificaciones, firmar sus escritos... sin necesidad de Procurador, y si éste desaparece, de Abogado?" Mi respuesta es clara: sería una auténtica "locura". La justicia sería más lenta, y además, tengamos en cuenta que el lenguaje jurídico es un lenguaje propio y distinto, que suele ser entendido sólo por personas que se dedican al Derecho.

En conclusión, ¿Busca este Abogado realmente el abaratamiento de la Justicia o pretende ganar más dinero asumiendo las funciones de los Procuradores de los Tribunales y cobrándolas a precio de abogado?
 

 

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